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¿Por qué debo colegiarme?
Mediante la colegiación se da una garantía a los clientes y usuarios de estar ante un profesional que reúne unos mínimos estándares de calidad, que suelen ser exigentes y que están contrastados.Son muchas las bondades de estar colegiado y, desde nuestro punto de vista, sería conveniente hacerlo, aun no siendo requisito obligatorio para el desempeño de muchas funciones (p.ej. Técnico en Formación o Directora de Recursos Humanos). Además, las ventajas no lo son sólo para los clientes y usuarios, sino para los propios profesionales también:
1. Para los clientes y usuarios contratar a un profesional colegiado garantiza, entre otras ventajas, que el mismo posea una formación y una acreditación suficiente y acorde a los servicios demandados, así como que esté adscrito a un código deontológico y que, de ser contravenido, pueda ser denunciado ante el Colegio correspondiente y, si es el caso, sancionado.
2. Para el profesional, estar colegiado, aun no siendo obligatorio para muchas funciones genéricas, le aporta, entre otras ventajas, contar con un Colegio que impulsa una profesión con estándares de calidad, que lucha contra el intrusismo, que ofrece formación de actualización permanentes, que ofrece compartir de forma organizada con colegas experiencias y dudas, así como una asociación que defiende sus derechos y le provee de recursos y defensa si fuera necesario.
Además, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (Sala Segunda, Sentencia 82/2018 de 16 de Julio del 2018) afirma que “se debe recordar que, en el ámbito sanitario, el control de la práctica profesional, de la formación continua, la competencia profesional, la certificación y recertificación de las competencias profesionales y el resto de las obligaciones deontológicas de los prestadores, es una función propia e intransferible de los colegios profesionales” y, que un profesional, independientemente del sector –público o privado-, tiene que estar colegiado.
¿Cómo me colegio?
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Seguro de Responsabilidad Civil
Todo sanitario debe tener un seguro de Responsabilidad Civil, que tiene como premisa la obligación que todas las personas tenemos de reparar el daño y que está basada en el principio de “No causar daño ni lesiones a los intereses de los semejantes”. Es por ello, que todo profesional sanitario o sociedad sanitaria debe tener contratado dicho seguro. La Ley 44/2003, en su artículo 46, dice que «Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligadas a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios.»

¿Para qué sirve?
Estos seguros tienen la finalidad de hacer frente a los posibles daños personales y materiales que, de forma involuntaria, puedan ocurrir durante la práctica clínica, ya sea por errores, omisiones o perjuicios derivados de éstos.
Es por ello, que pueden considerarse una garantía tanto para profesionales como clientes.
Protege el patrimonio del asegurado que se pueda ver afectado en virtud de la obligación de indemnizar a terceros por daños y perjuicios.
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Convenio para colegiados
El Colegio Profesional de Logopedas de Extremadura trabaja con el objetivo de conseguir el mayor descuento posible para nuestros colegiados. A continuación, indicamos cuales:



A través del Colegio de Logopedas de Extremadura

